La Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, obliga a que todas las faenas mineras cuenten con un plan de cierre aprobado por el Servicio, previo al inicio de las operaciones mineras y que debe contener la totalidad de las instalaciones de la faena.
Ausencia de una normativa específica, que regulara los aspectos negativos de la Industria Minera Extractiva.
Materializar el concepto de “El que contamina paga”. La empresa minera debe hacerse cargo de las externalidades, e incorporarlas como un elemento más dentro del negocio minero.
Impedir la generación de Nuevas Faenas Mineras Abandonadas.
Ausencia de una garantía financiera que asegurara al Estado, el cumplimiento de las medidas de cierre comprometidas por la empresa
Resguardar la Vida, Salud y Seguridad de las Personas y del Medio Ambiente.
Mitigar los Efectos negativos de la Industria.
Crear un Fondo Post-Cierre para el Monitoreo de Faenas Cerradas.
Asegurar la Estabilidad Física y Química de los lugares en que se desarrolle la Actividad Minera.
Establecer Garantías para el cierre efectivo de las Faenas e Instalaciones Mineras.
Crear un Fondo Post-Cierre para el Monitoreo de Faenas Cerradas.
GUÍAS METODOLÓGICAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PLANES DE CIERRE
Las guías metodológicas para la presentación de planes de cierre han sido desarrolladas por el Servicio Nacional de Geología y Minería para que las Empresas Mineras presenten sus Planes de Cierre. En estas Guías se detallan los contenidos mínimos que deben ser presentados para la tramitación de los Planes de Cierre.
Guía plan de cierre temporal (nueva)
GUÍAS METODOLÓGICAS DE CRITERIOS TÉCNICOS
Estas guías han sido elaboradas con el objetivo de orientar a las empresas mineras en el desarrollo de sus planes de cierre y se refieren a los aspectos técnicos mas importantes como son la definición de las obras y medidas de cierre a través de la evaluación de riesgos para el cierre de faenas mineras, la valorización de las obras de cierre y la propuesta y constitución de la garantía financiera.
Se hace presente que estas guías no tienen el carácter obligatorio y no son vinculantes para la aprobación de los planes de cierre.
PROGRAMA DE AUDITORÍAS PERIÓDICAS 2025
PUBLICACIÓN DIARIO OFIAL – AUDITORÍAS PERIÓDICAS 2025
GUÍA METODOLÓGICA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS E INFORMES DE AUDITORÍAS DE PLANES DE CIERRE
En virtud de lo dispuesto en el Título IV de la Ley N°20.551 y en el Título IV del Decreto Supremo N°41 de 2012, del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento de la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, el Servicio Nacional de Geología y Minería debe impartir instrucciones y directrices generales en relación a los requisitos para los profesionales o empresas que soliciten su inscripción en el Registro Público de Auditores Externos, puesto que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 letra h) de la Ley, le corresponde a éste verificar las competencias específicas de los auditores de planes de cierre y llevar el registro correspondiente.
A continuación se presenta el procedimiento para el Registro Público de Auditores Externos orientado a las empresas o personas naturales que quieran efectuar auditorías de planes de cierre de faenas mineras de acuerdo a la Ley:
A continuación se presentan algunos documentos relacionados con el cierre de faenas mineras.
Guía Metodológica para el Cierre de Faenas Mineras
[Ministerio de Minería Consejo Minero Año 2002]Guía Metodológica Drenaje Ácido Industria Minera
[Ministerio de Minería Consejo Minero Año 2002]Planificación del Cierre Integrado de Minas: Equipo de Herramientas
[ICMM. Consejo Internacional de Minería y Metales. Año 2008]Strategic Framework for Mine Closure
[Australian and New Zealand Minerals and Energy Council Minerals Council of Australia Año 2000]Guía para la elaboración de Planes de cierre de minas[República del Perú Ministerio de Energía y Minas Año 2006]
En los siguientes archivos encontrará la normativa que aplica al cierre de faenas e instalaciones mineras.
