PROPIEDAD MINERA
Permite solicitar al Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) la rebaja de la patente minera, a un décimo de Unidad Tributaria (1/10 UTM) mensual por hectárea completa, para una concesión minera de explotación en base a la Ley 21.649.
La concesión minera debe tener rol asignado, encontrarse vigente en los registros del Sernageomin y estar Constituida e Inscrita en el Conservador de Minas.
INGRESAR SOLICITUD
Este trámite está dirigido a las empresas o productores mineros que desarrollan o están en proceso de desarrollo de actividades mineras y desean postular a la rebaja de patente minera, a un décimo de Unidad Tributaria Mensual por hectárea completa, en base a lo indicado en la Ley 21.649 y su Reglamento.
En esta línea, puede postular a las siguientes hipótesis:
- Trabajo efectivo.
- Proyecto minero que cuente con Resolución de Calificación Ambiental Favorable o en trámite.
- Proyecto Asociado al Título XV del Reglamento de Seguridad minera.
- Posibles expansiones.
Aquellas concesiones en las que se realicen actividades, trabajos u obras que de modo permanente y continuo permitan el desarrollo de operaciones mineras, entendiéndose por tales a las que se refiere la letra l) del artículo 3 de la ley N° 20.551, que Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, incluidas aquellas que derivan del cumplimiento de un plan de cierre de faenas mineras.
Para acreditar que las pertenencias se encuentran dentro de esta hipótesis, el solicitante deberá acompañar los siguientes antecedentes:
- Certificado de dominio vigente de la(s) concesión(es) de una antigüedad no mayor a tres meses o declaración jurada simple acerca del dominio de la(s) concesión(es). Para descargar Formato Declaración Jurada simple – DS N°5 – Dominio de la(s) concesión(es) Pinche aquí.
- Comprobante de pago de patente minera correspondiente al año de la postulación, emitido por Tesorería General de la República.
- Personería o representación jurídica, si correspondiere.
- Copia del contrato de arrendamiento, si corresponde, con identificación clara de las pertenencias que abarca.
- Croquis o plano legible en el cual se indiquen su escala gráfica; las concesiones cubiertas por la solicitud, individualizadas con su rol; la ubicación de las instalaciones y lugares de trabajo que forman parte del proyecto; y un cuadro resumen con las coordenadas de las instalaciones indicadas anteriormente.
- Resolución(es) vigente(s) dictada(s) por el Servicio que apruebe(n) el proyecto minero, la declaración minera, el método de explotación y/o tratamiento de minerales, la disposición de residuos masivos mineros y/o el plan de cierre.
IMPORTANTE: Este beneficio se renueva de forma anual.
Aquellas concesiones que, sin estar en la hipótesis precedente, se encuentren contenidas en un proyecto de desarrollo minero con Resolución de Calificación Ambiental favorable o que haya sido admitida a tramitación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Para acreditar que las pertenencias se encuentran dentro de esta hipótesis, el solicitante deberá acompañar los siguientes antecedentes:
- Certificado de dominio vigente de la(s) concesión(es) de una antigüedad no mayor a tres meses o declaración jurada simple acerca del dominio de la(s) concesión(es). Para descargar Formato Declaración Jurada simple – DS N°5 – Dominio de la(s) concesión(es) pinche aquí.
- Comprobante de pago de patente minera correspondiente al año de la postulación, emitido por Tesorería General de la República.
- Personería o representación jurídica, si correspondiere.
- Copia del contrato de arrendamiento, si corresponde, e identificar claramente las pertenencias que abarca.
- Croquis o plano legible en el cual se indiquen su escala gráfica; las concesiones cubiertas por la solicitud, individualizadas con su rol; la ubicación de las instalaciones y lugares de trabajo que forman parte del proyecto; y un cuadro resumen con las coordenadas de las instalaciones indicadas anteriormente.
- Resolución de Calificación Ambiental vigente del proyecto minero o, en su defecto, la Resolución de admisibilidad dictada por el Servicio de Evaluación Ambiental, que acredite que la evolución ambiental del proyecto está en tramitación.
IMPORTANTE: Este beneficio se renueva de forma anual.
Para acreditar que las pertenencias se encuentran dentro de esta hipótesis, el solicitante deberá acompañar los siguientes antecedentes:
- Certificado de dominio vigente de la(s) concesión(es) de una antiguedad no mayor a tres meses o declaración jurada simple acerca del dominio de la(s) concesión(es). Para descargar Formato Declaración Jurada simple – DS N°5 – Dominio de la(s) concesión(es) pinche aquí.
- Comprobante de pago de patente minera correspondiente al año de la postulación, emitido por Tesorería General de la República.
- Personería o representación jurídica, si correspondiere.
- Copia del contrato de arrendamiento, si corresponde, e identificar claramente las pertenencias que abarca.
- Croquis o plano legible en el cual se indiquen su escala gráfica; las concesiones cubiertas por la solicitud, individualizadas con su rol; la ubicación de las instalaciones y lugares de trabajo que forman parte del proyecto; y un cuadro resumen con las coordenadas de las instalaciones indicadas anteriormente.
- Señalar el número de referencia del expediente de evaluación del proyecto presentado al Servicio.
IMPORTANTE: Este beneficio se renueva de forma anual.
La expansión de una unidad productiva minera comprende las áreas que abarquen los proyectos o planes de crecimiento, desarrollo o expansión de la operación minera, los que deberán estar vinculados directamente a la unidad productiva minera.
Para acreditar que las pertenencias se encuentran dentro de esta hipótesis, el solicitante deberá acompañar de forma obligatoria los siguientes antecedentes:
- Certificado de dominio vigente de la(s) concesión(es) de una antigüedad no mayor a tres meses o declaración jurada simple acerca del dominio de la(s) concesión(es). Para descargar Formato Declaración Jurada simple – DS N°5 – Dominio de la(s) concesión(es) pinche aquí.
- Comprobante de pago de patente minera correspondiente al año de la postulación, emitido por Tesorería General de la República.
- Personería o representación jurídica, si correspondiere.
- Copia del contrato de arrendamiento, si corresponde, e identificar claramente las pertenencias que abarca.
- Croquis o plano legible en el cual se indiquen su escala gráfica; las concesiones cubiertas por la solicitud, individualizadas con su rol; la ubicación de las instalaciones y lugares de trabajo que forman parte del proyecto; y un cuadro resumen con las coordenadas de las instalaciones indicadas anteriormente.
- Reporte técnico (que la expansión se encuentre vinculada a la unidad productiva minera).
Además, para acreditar que las pertenencias se encuentran dentro de esta hipótesis, el solicitante deberá acompañar a lo menos alguno de los siguientes antecedentes (deben hacer referencia a las concesiones involucradas en la solicitud de beneficio):
- Informe técnico de Persona Competente en Recursos y Reservas Mineras. Revisar el registro público de personas competentes: AQUí.
- Estudios o informes de pre-inversión, prefactibilidad o factibilidad.
- Documento que acredite la constitución de servidumbres a su favor.
- Declaración o estudios de impacto ambiental, proyecto de métodos de explotación, tratamiento de minerales o disposición de residuos masivos mineros.
- Proyecto de método de explotación, tratamiento de minerales o disposición de residuos masivos mineros que se encuentre en tramitación ante el servicio.
IMPORTANTE: Este beneficio se renueva de forma anual.
La vigencia del trámite es de un año desde la obtención del beneficio.
- El trámite se puede realizar en el sitio web de Sernageomin en los siguientes periodos:
- Periodo postulación: el 1 de abril al 31 de julio de cada año en el sitio web de Sernageomin.
- Periodo apelación: a más tardar el primer día hábil de diciembre (30 días hábiles desde que se publiquen los resultados de la postulación en el sitio web de Sernageomin).
- Haga clic en «Iniciar Sesión».
- Ingrese su RUN y Clave Única, y haga clic en «Continuar». Si no tiene Clave Única, solicítela AQUÍ.
- Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos en el formulario, adjunte los archivos digitales requeridos y haga clic en el botón «Enviar».
- Como resultado del trámite, habrá postulado a la rebaja de patente minera, a un décimo de Unidad Tributaria Mensual por hectárea completa, en base a la Ley 21.649 y su Reglamento.
No tiene costo.
- Ley 18.248 – Código de Minería
- Decreto Supremo N° 1, de 1986, del Ministerio de Minería – Reglamento del Código de Minería.
- Ley N° 18.097, Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras.
- Ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica.
- Ley N° 21.649, que modifica disposiciones del Código de Minería; la ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica; y otras normas.
- Decreto Supremo N° 10, de 2024, del Ministerio de Minería: Este decreto modifica el Reglamento del Código de Minería (DS N° 1, de 1986).
- Decreto Supremo N° 5, de 2025, del Ministerio de Minería: Este decreto modifica el Reglamento del Código de Minería (DS N° 1, de 1986) y el DS N° 123, de 2001.