A continuación, se presenta el enlace para acceder a la presentación de los Planes de Cierre elaborados bajo el Procedimiento de Aplicación General, correspondientes a aquellas faenas mineras con niveles de extracción autorizados iguales o superiores a 10.000 toneladas mensuales de mineral, conforme lo indica la Ley 20.551.
Estos planes deben considerar la integración y ejecución del conjunto de medidas y acciones destinadas a mitigar los efectos que se derivan del desarrollo de la industria extractiva minera, en los lugares en que ésta se realice, de forma de asegurar la estabilidad física y química de los mismos, en conformidad a la normativa ambiental aplicable. La ejecución de las medidas y acciones de la manera antes señalada deberá otorgar el debido resguardo a la vida, salud, seguridad de las personas y medio ambiente.